Energy: “SENER define la política y la planeación; otras autoridades ejecutan permisos, ambiente u operación dentro de competencias distintas.”
¿Qué es la SENER y qué funciones tiene en el sector energético?
Los logotipos se muestran únicamente para identificar a las autoridades competentes; no implican afiliación ni respaldo institucional.
Respuesta rápida
La SENER es una dependencia de la Administración Pública Federal centralizada que establece, conduce y coordina la política energética de México. Realiza planeación sectorial y ejerce atribuciones específicas en electricidad e hidrocarburos, incluida la evaluación del impacto social de proyectos, sin sustituir los permisos de la CNE ni las autorizaciones ambientales de ASEA.
Ficha regulatoria
| Nombre | Secretaría de Energía |
|---|---|
| Naturaleza | Dependencia de la Administración Pública Federal centralizada |
| Función principal | Conducir la política y la planeación energética nacional |
| Ámbitos | Electricidad, hidrocarburos, transición energética, eficiencia y seguridad de suministro |
| Trámite frecuente | Manifestación o Evaluación de Impacto Social del Sector Energético, según corresponda |
| Sanción | Fundamento por confirmar antes de utilizar esta ficha como criterio de cumplimiento. |
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¿Qué hace la SENER?
La Secretaría formula y conduce la política energética, coordina la planeación de mediano y largo plazo y establece directrices para el desarrollo de los sectores eléctrico y de hidrocarburos.
Su actuación busca articular seguridad y suficiencia energética, uso eficiente, transición, soberanía y desarrollo de la infraestructura conforme al marco vigente.
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¿Cuándo interviene en un proyecto privado?
La intervención concreta depende del tipo de proyecto. En infraestructura energética puede incluir la evaluación de impacto social, autorizaciones de importación o exportación previstas por la ley y procedimientos vinculados con la planeación sectorial.
- Manifestación o Evaluación de Impacto Social del Sector Energético.
- Planeación vinculante para proyectos eléctricos.
- Autorizaciones en comercio exterior energético cuando resulten aplicables.
- Lineamientos y políticas para electricidad e hidrocarburos.
¿Tus expedientes ante cada autoridad describen exactamente el mismo proyecto?
Solicitar diagnósticoBLOQUE_03
¿Cuál es la diferencia entre SENER, CNE, ASEA y CENACE?
SENER conduce política y planeación. La CNE regula y resuelve permisos dentro de sus atribuciones. ASEA atiende seguridad industrial, seguridad operativa y ambiente en hidrocarburos. CENACE opera el Sistema Eléctrico Nacional y el Mercado Eléctrico Mayorista.
Un mismo proyecto puede pasar por varias instituciones, pero cada expediente conserva objeto, fundamento y autoridad responsable propios.
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¿Por qué deben coordinarse los expedientes?
La ubicación, capacidad, tecnología, promovente y calendario no pueden variar sin control entre impacto social, permiso, ambiente e interconexión. Una diferencia puede generar prevenciones o volver insuficiente una autorización obtenida para otra versión del proyecto.
La visión del Gabinete Técnico
APEN mantiene una versión maestra del proyecto para que cada trámite ante SENER, CNE, ASEA y CENACE parta de la misma ingeniería y de la misma estructura jurídica.
Términos relacionados
Preguntas frecuentes
¿SENER otorga permisos de generación eléctrica?
El permiso de generación corresponde a la CNE. SENER interviene en política, planeación e impacto social, entre otras atribuciones.
¿SENER sustituyó a la CRE?
No. La CNE asumió las atribuciones regulatorias transferidas por el nuevo marco institucional. SENER conserva su papel como dependencia conductora de la política energética.
¿La autorización de SENER sustituye la ambiental?
No. El impacto social y la autorización ambiental son materias distintas y deben tramitarse ante las autoridades competentes.
¿Todo proyecto energético requiere el mismo trámite social?
No. La ruta depende de la actividad, etapa, ubicación y disposiciones aplicables al proyecto concreto.
Fuentes
- SENER, Qué hacemos
- Cámara de Diputados, Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
- Cámara de Diputados, Ley del Sector Eléctrico
- Ventanilla Energía
Última actualización: 27 de agosto de 2026. Contenido informativo; no constituye asesoría legal. Verificar contra el DOF y la publicación vigente de la autoridad competente.
Gabinete Técnico APEN

